Mantenimiento de ascensores: todo lo que debes saber
El mantenimiento de ascensores supone una de las partidas más importantes en la cuenta de gastos de las comunidades de vecinos, puesto que se trata de un trámite de obligado cumplimiento. Debes saber, de hecho, que estos elementos han de superar revisiones cada cierto tiempo en función de lo que recoge la Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, incluida en el Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero.
Por eso, conviene que tengas claro cada cuánto tiempo has de programar estas inspecciones si eres presidente de tu comunidad o el responsable administrativo de un edificio y cuáles son los puntos que se deben supervisar. Asimismo, es obligatorio que recurras a una empresa homologada y acreditada para llevar a cabo estos trabajos.
De hecho, la normativa que hemos mencionado anteriormente exige al titular del ascensor que cumpla con su responsabilidad de garantizar su correcto funcionamiento y contrate los servicios de una empresa homologada para preservar su buen estado. Además, está obligado a contactar con dicha compañía cada vez que se produzca una avería y paralizar el uso, o incluso avisar a la administración pública correspondiente en el supuesto de que no hubiera garantía de seguridad.
¿Con qué frecuencia has de realizar el mantenimiento de ascensores?
La Instrucción Técnica Complementaria establece unos plazos en lo que respecta al mantenimiento de ascensores de carácter preventivo que es conveniente que conozcas. Los explicamos:
– Los ascensores ubicados en viviendas unifamiliares o que alcancen una velocidad no superior a los 0,15 metros por segundo han de ser revisados cada cuatro meses.
– Los que se encuentren en edificios de uso residencial y realicen hasta seis paradas, o aquellos de uso público con cuatro paradas, tienen que pasar esta revisión cada seis semanas.
– El resto de ascensores han de someterse a un chequeo preventivo mensual.
Todas estas revisiones deberás registrarlas en un boletín que te entregará la empresa encargada, en el que se incluirán todos los datos más importantes.
Además, esta maquinaria ha de superar una inspección técnica de manera periódica realizada por un organismo autorizado e imparcial. Los plazos también varían en función de cada tipo de ascensor:
– Los ubicados en edificios de uso industrial o en lugares de concurrencia pública tendrán que superar este trámite cada dos años.
– Los que estén en edificios con más de 20 viviendas o más de cuatro plantas, cada cuatro años.
– Los demás ascensores, cada seis años.
Estas revisiones te certificarán el buen estado de los ascensores y, en caso de que se detecten averías, tendrás que solucionarlas en un plazo máximo de seis meses antes de pasar por una nueva inspección.
Para finalizar, hemos de contarte que el mantenimiento de ascensores incluye supervisar puntos como la cabina, la alarma, el sistema de arranque, la nivelación, la apertura o el cierre de puertas.
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