Medidas de seguridad mínimas para los ascensores existentes
Siguiendo nuestra anterior publicación sobre la nueva ITC para ascensores, vamos a hablar sobre las medidas de seguridad mínimas para los ascensores existentes.
Medidas de seguridad mínimas:
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Precisión de parada de al menos 10mm y una precisión de nivelación de 20mm.
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En ascensores con puertas automáticas, deberá existir un dispositivo de protección que cubra la apertura desde, al menos, 25mm y hasta 1600mm sobre la pisadera de cabina.
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Medios para detener o impedir el movimiento de la cabina más allá de la planta, con la puerta de piso no enclavada y la puerta de cabina no cerrada.
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Incorporar un dispositivo de comunicación bilateral en cabina.
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Incorporar un dispositivo de control que impida la sobrecarga de la cabina.
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Los ascensores no han de tener guías de cabina que incorporen dispositivos paracaídas de tipos cilíndrica, de raíl o de madera.
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Para garantizar la seguridad del guiado del contrapeso y de las pesas que lo forman, el guiado debe hacerse mediante guías y las pesas deben cargarse sobre el bastidor con elementos de sujeción de las pesas. Los contrapesos y su sistema de guiado deber poder ser inspeccionados en todo el recorrido
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