Nueva ITC para ascensores
Al igual que los vehículos tienen que pasar su correspondiente ITV, los ascensores tienen que pasar periódicamente por una inspección técnica complementaria.
Para que el resultado de esta inspección sea favorable es muy importante realizar un mantenimiento preventivo en nuestro ascensor, ya que así evitaremos averías y problemas que puedan desencadenar en un mal funcionamiento del ascensor.
El nuevo Reglamento de aparatos de elevación y manutención, aprobado por Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre, establece como novedad, de cara a la puesta en servicio del ascensor, que se deberá presentar ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma, el manual de funcionamiento del ascensor y un certificado de inspección inicial favorable.
Además, se modifica la frecuencia de las inspecciones, con los siguientes plazos:
Ascensores instalados en edificios de uso industrial, lugares de pública concurrencia: cada dos años. Como pública concurrencia se entenderá lo establecido en la ITC BT 28 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión.
Ascensores instalados en edificios de más de veinte viviendas, o con más de cuatro plantas servidas: cada cuatro años.
Ascensores no incluidos en los casos anteriores: cada seis años.
Los plazos de inspección se reducirán a la mitad cuando el ascensor supere la antigüedad de 24 años.
No os perdáis nuestros siguientes post en los que, desde AMSA Ascensores Madrid, os iremos contando más novedades sobre la nueva ITC.
Si tienes cualquier duda, no esperes y contacta con nosotros. Puedes llamarnos al teléfono 916373759 o enviarnos un correo electrónico a la siguiente dirección: amsa@ascensoresmadrid.com.
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