Subvenciones y ayudas para la instalación de ascensores en la Comunidad de Madrid
Los residentes en la Comunidad de Madrid podrán acceder a subvenciones para instalar un ascensor en la finca (comunidad de propietarios) en la que habiten, siempre y cuando cumplan algunas condiciones básicas. A continuación, nos ocupamos de relatar dichas condiciones para que te resulte más fácil entender el alcance de este tipo de ayudas.
Marco normativo de las subvenciones para instalar un ascensor en viviendas colectivas
Vamos ya, sin más dilación, a desglosar las cuestiones básicas relativas al tema que nos ocupa.
¿Quién puede acceder a esta clase de subvenciones?
Todas aquellas personas que residan en edificios de más de tres plantas de altura, incluyendo la planta baja. También deben tener más de 15 años de antigüedad y, como es lógico, no disponer de ascensor.
Documentación a presentar
Si se ha recibido la calificación de actuación protegible, y tras haber instalado previamente el ascensor, los propietarios de la propiedad colectiva tienen 3 meses, que empiezan a contar desde la asignación del número de registro del elevador (RAE), para solicitar la subvención mediante la presentación de:
– Una declaración de otras subvenciones solicitadas o ya concedidas.
– Para los propietarios en régimen de arrendamiento, deben justificar documentalmente que están al corriente de pago con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
– Fotocopias compulsadas de las escrituras de propiedad de la finca.
– Relación detallada de propietarios y propiedades.
– Certificado de final de obra de instalación, que ha de estar, además, visado por el Colegio correspondiente.
– Licencia urbanística de la obra.
– Documento acreditativo RAE expedido por la Dirección General de Industria de la Comunidad de Madrid.
¿Cómo se solicitan?
Hay disponibles dos tipos de modelo de solicitud que varían en función de si la finca está emplazada, o no lo está, en el seno de una zona de rehabilitación integrada, como el Casco Histórico, u otras que cuenten con esa tipificación.
Dichos modelos se pueden conseguir en las Oficinas de Rehabilitación de Edificios, en algún punto de información o atención de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.
Para presentar la solicitud deberás hacerlo ante cualquiera de las Oficinas de Rehabilitación de Edificios ubicadas en la Comunidad de Madrid.
Asimismo, también podrás presentarla en el Registro Auxiliar de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, situado en la c/ Maudes, 17. O en otro Registro, que puede ser estatal o propio de la Comunidad.
Cabe señalar, para terminar, que la tramitación de la subvención para la instalación de ascensor supone el abono de la tasa 71804, integrada en el referido Modelo 030, y cuya cuantía ostenta una base de 20 € a la que hay que sumar un 0,12 % del presupuesto total estimado para la obra de mejora del edificio.